Inocentes entre rejas
El País publica un artículo sobre las malas pasadas que juega la memoria, especialmente sangrantes cuando implican la condena de inocentes y su paso por prisión. Es curiosos: todas las víctimas de estos errores son hombres. Algunos han pasado quince años en prisión incluso después de que hubiera indicios mas que fundados sobre su inocencia. No se les indultó, la única vía que había para enmendar la injusticia. Porque no se indulta a un condenado por violación, incluso si todo apunta a que es inocente. Algo habrá hecho.
Vemos, sin embargo, que si el delito de violencia doméstica lo comete una mujer el indulto es posible. Es mas, la violenta agresora (imaginen como debió ser el “bofetón” para que dejara marcas que llamaran la atención de un profesor del muchacho que denunció a causa de las mismas y que llevó a que se abriera el prceso) puede incluso alegar que el chico amenaza con denunciarla. Falsamente, se entiende.
Ahora hagamos la prueba: consigamos que en una sentencia por maltrato dictada contra un hombre, se reconozca que la mujer tenía un carácter “difícil” y era “desobediente” en el trabajo, lo que era motivo de nerviosismo para el hombre. Consideremos además que la denuncia partió del delegado de prevención de riesgos laborales de la empresa al observar las señales que la violencia había dejado en la mujer.
Y que, además, el acusado alegue que la víctima le ha amenazado con denunciarle, falsamente, por maltrato.
Lapidación pública en la plaza del pueblo sería poco para el hombre. Y no termino de ver que Lidia Falcón escribiera pidiendo la absolución. Claro que sigo convencido que Lidia Falcón es el seudónimo que usa Tomás Roncero cuando se avergüenza de lo que escribe.
Un punto intersante del artículo viene justo en el penúltimo párrafo: “No hay otra alternativa viable que un ejercicio de la jurisdicción respetuoso con la presunción de inocencia y las garantías procesales en el que se pierda el miedo a absolver (explicando el porqué) aun a sabiendas de que tendrá costes de impopularidad”, concluye el magistrado. “Y me parece necesario que este proceso de transformación de la cultura judicial vaya acompañado de otro no menos profundo de transformación también de la cultura y las prácticas de los informadores”.
Y amarrar y amordazar a Carlos Herrera, me temo. Porque no puedo imaginarme lo que podría soltar por esa boquita si a alguien se le ocurre absolber a Santiago del Valle, por ejemplo, al amparo de que no hay pruebas de cargo contra él, salvo la propia auto inculpación.
No se si te has parado a pensar en que el hecho de que la mayoría de los inocentes erróneamente condenados sean hombres puede deberse a que la mayoría de los condenados, en general, son hombres.
Hay otra cosa que no se menciona en el artículo de El País, y es que estos inocentes, una vez liberados, no suelen ser indemnizados por el Estado o tienen que pelear durante años en los juzgados para conseguir una indemnización (eso si pueden pagarse un abogado, claro). El Estado no reconoce de entrada que esto sean errores judiciales. El Supremo ha avalado que se utilice el testimonio de la víctima como única prueba en delitos que ocurren en un ámbito privado, así que los jueces que condenan basándose en esa única prueba no cometen, por lo visto, ningún error. Y si no hay error no hay indemnización.
Sin duda son mas los hombres condenados, pero es indudable que hay un doble rasero que es el que quería señalar: dos inocentes han pasado 15 años en la cárcel, uno de ellos murió ahí, pese a que el ADN les exculpaba. A los condenados por violación no se les indulta, a pesar de que sean inocentes. A una culpable como la mujer de Jaén que agredió a su hijo se la indultó a toda velocidad para que no entrara en la cárcel. María José Carrascosa es culpable de desacato y de sacar ilegalmente a su hija de los USA. Hay una campaña para exigir su liberación. El país publica el 17 de enero, unos días después de la condena de esta mujer un artículo sobre secuestro parental y todos los ejemplos que se dan son de hombres que han secuestrado a sus hijos, ninguna mujer.
Y el hecho de que el Supremo no considere que hay error judicial en las identificaciones erróneas no significa que se deban aceptar sin mas. Si presentan problemas y se conoce que son erróneas y llevan a condenas injustas, de hombres o de mujeres, habrá que revisar si el método es el adecuado.
Por supuesto, yo no estaba diciendo que esté de acuerdo en que estos casos se consideren simples gajes del oficio. Tampoco estoy de acuerdo en que se condene sin más prueba que una identificación o un testimonio. Ni en que no haya una forma rápida de anular una sentencia firme cuando salta a la vista que es errónea. Ni en que los jueces no sean sancionados aunque hayan dictado una orden de prisión a todas luces injustificada… Hay tantas cosas que revisar en la justicia.